EL TRIBUNAL SUPREMO en sus Sentencias de 27 – 09 – 2018 (Pleno) N.º Recurso: 2747/2016, 24 – 10 – 208 N.º Recurso: 2842/2016 y 25 – 10 – 2018 N.º Recurso: 4007/2016 HA RECONSIDERADO Y MODI FICADO SU PROPIA DOCTRINA sobre la aplicación de la norma del convenio que exonera a la empresa entrante de las deudas salariales de la saliente y ha pasado a contemplar esa situación desde la perspectiva de una transmisión o sucesión empresarial tal y como se establece en el art. 44 .3 ET.

Toda la información aquí: fesmcmadrid.org