Los trabajadores que tienen un/a hijo/a menor de 18 años, con cáncer o una enfermedad grave que precisen cuidados, tienen derecho a una prestación si reducen su jornada de trabajo más del 50% para atender a los cuidados de su hijo/a.

Para ello, ambos progenitores tienen que trabajar.

Se recibe una prestación económica a cargo de la mutua colaboradora con la seguridad social idéntica al porcentaje de reducción de aquella jornada.

Se tendrá derecho a esta ayuda económica, si la enfermedad del hijo/a que se va a cuidar padece una de las enfermedades que aparece en el listado del R.D. 1148/2011.

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